Un albacea es una figura jurídica que tiene como función principal llevar a cabo la gestión y administración de una herencia, es decir, la realización de todos los actos necesarios para cumplir la voluntad del fallecido y repartir los bienes entre los herederos.
BLOQUE 1
El albacea puede ser nombrado por el testador en su testamento o por el juez, en caso de que no haya testamento o de que el testamento no contemple la figura del albacea. En general, se trata de una persona de confianza del testador, que debe ser mayor de edad, estar en pleno uso de sus facultades mentales y no tener antecedentes penales.
BLOQUE 2
Entre las funciones del albacea se encuentran la realización de un inventario de los bienes del fallecido, el pago de las deudas y cargas de la herencia, la distribución de los bienes entre los herederos, y la liquidación de los impuestos correspondientes. Además, el albacea puede tomar decisiones en nombre de los herederos en caso de que éstos no se pongan de acuerdo o no puedan actuar por sí mismos.
Es importante destacar que la figura del albacea puede variar en función del país o de la legislación aplicable en cada caso, por lo que conviene consultar con un experto en derecho sucesorio para conocer con detalle sus funciones y características en cada caso concreto.
Deja una respuesta